El laberinto del crédito al consumo en España
12-05-2016
El legislador, para un sector tan sensible para el consumidor como es el crédito, solamente exige al prestamista que cumpla sus obligaciones mercantiles y fiscales como cualquier otra actividad profesional, sin exigir ninguna otro control de acceso específico.
En la actualidad, podemos dividir en dos categorías los agentes o entidades que comercializan crédito en España: el sector financiero y las empresas no financieras (capital privado).
El sector financiero y su posición en la concesión de crédito
Es fácil interpretar que la mayoría de las operaciones de financiación deberían realizarse por entidades de crédito. Las entidades de crédito toman un rol protagonista por su desmedida posición en el mercado. Realizan las principales actividades de financiación al consumidor, destacando el préstamo bancario pero sin olvidar otras figuras como las tarjetas de crédito o la apertura de cuenta corriente.
En nuestro sistema financiero destacan dentro de la categoría de entidad de crédito a los bancos, las cooperativas de crédito (cajas rurales en su mayoría) y los establecimientos financieros de crédito.
Los Bancos deben tener la correspondiente autorización administrativa del Ministro de Economía y Competitividad previo informe favorable del Banco de España, constituirse como Sociedad Anómima, además inscribirse en Registro Mercantil y registro administrativo de entidades de crédito del Banco de España.
Cooperativas de crédito y Establecimientos Financieros de Crédito
En lo referente a las cooperativas de crédito los requisitos son los mismos exigidos para las entidades de crédito, además de la inscripción en el Registro Mercantil y en Registro de cooperativas. El capital social de éstas varía dependiendo de los diferentes territorios donde se encuentren.
Con respecto a los establecimientos financieros de crédito (EFC) su principal característica es que no pueden captar depósitos públicos. Las condiciones para su creación son similares a las de los bancos, aunque con exigencias de capital inferiores. Su operativa está sujeta a un régimen normativo administrativo vigilado por el Banco de España similar al de las entidades bancarias, en especial en lo que se refiere a los recursos propios y a la contabilidad.
Dentro de los EFC podemos distinguir dos subgrupos: aquellos que son pertenecientes a los principales Grupos Bancarios (Unión de créditos inmobiliarios, CaixaBank Consumer Finance por ejemplo), que suponen en torno al 60% del sector, y aquellos que no están vinculados a ningún grupo bancario vinculados normalmente a grandes grupos de distribución, hipermercados e incluso automoción (Servicios Financieros Carrefour, Volkswagen Financie, Financiera El Corte Inglés...).
En opinión de ADICAE, estas entidades de crédito a la hora de realizar operaciones de crédito con consumidores, han de cumplir con la doble protección que ofrece por un lado la normativa de Crédito al Consumo que protege el bien jurídico del interés del consumidor y la de la normativa de transparencia, acumulándose por tanto las obligaciones de ambos cuerpos normativos.
Empresas del sector no financiero (capital privado)
El negocio del crédito ha creado tres categorías dentro de este sector “parafinanciero”, manteniendo como características comunes el alto coste del crédito y las escasas garantías exigidas para formalizarlo. En primer lugar encontramos empresas con mayor visibilidad y presencia en medios en la actualidad y que están al margen de la notmativa financiera (Vivus, Krédito24, Dispon...).
En segundo lugar encontramos a empresas que organizan a inversionistas para que obtengan una rentabilidad canalizando el préstamo de dinero a tercero, lindando con la captación de fondos del público aunque tratando de esquivar esta actividad no concediento ellas el préstamo (Kontactalia Finance S.L, capitalprivado.com...).
Todo este laberinto de entidades, y la escasa protección que recibe el consumidor, son razones más que justificadas para emprender una reforma que ponga orden y mejore los derechos de los consumidores.