El 76% de las entidades que firmaron el Código de Buenas Prácticas no se adhieren a la modificación que pretendía proteger a los deudores hipotecarios
Sólo 24 de las 98 entidades que se han adherido al Código de Buenas Prácticas han mostrado su intención de acatar la modificación de esta norma prevista en la Ley 1/2013 para la “reestructuración viable de las deudas con garantía hipotecaria sobre la vivienda habitual”, una norma exigua y a la que no se han unido importantes entidades financieras como Liberbank o Ibercaja Banco.
15-07-2013
El limitado recorrido de la mal llamada “Proposición de Ley de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social” ha quedado nuevamente demostrado: sólo tienen intención de acatarla 24 de las 98 entidades que firmaron su adhesión al Código de Buenas Prácticas.
De esta manera el 76% de las entidades de crédito que firmaron dicho Código han decidido no acatar la modificación que sobre esta norma realiza la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para “reforzar” la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social. Entre las entidades que han hecho caso omiso a esta reforma legislativa se encuentran la gran mayoría de las 'pequeñas' cajas de ahorros, Grupo Cajatres, Ibercaja Banco o Liberbank.
Para ADICAE la norma nunca ha supuesto un reforzamiento real de la protección de los hipotecados, ni reformas que establezcan un marco de justicia y respeto a los derechos que se están vulnerando, sino medidas que no atajan el problema de fondo. En general en materia de condiciones abusivas no se incorporó ninguna novedad real, sino que esta norma se limita a aplicar la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, permitiendo lo que la lógica y la legalidad ya debieran haber impuesto hace muchos años: la posibilidad de que el usuario alegue en su defensa, ante un procedimiento de ejecución hipotecaria, la existencia de condiciones abusivas en su hipoteca.
El hecho de que la gran mayoría de las entidades de crédito que operan en España no se hayan adherido a esta modificación del Código de Buenas Prácticas demuestra nuevamente la poca utilidad de una norma de voluntario cumplimiento para la banca y que, además, no tiene un alcance real de protección para la mayoría de los hipotecados.