Nuevas formas de consumo para un alojamiento más barato y con derechos
29-03-2016
Encontrar una vivienda amueblada y equipada en condiciones de uso inmediato y para periodos cortos de estancia tienen la oportunidad de hacerlo. Existen numerosos canales a través de los cuales particulares ofrecen habitaciones de su vivienda habitual para alojar durante un breve tiempo a consumidores que quieran confort y bajos precios. El problema que se planteaba hasta no hace mucho es cómo garantizar que estos particulares que ofrecen su vivienda o habitaciones, lo hacen en condiciones de garantía. La anterior Ley de Arrendamientos Urbanos permitía este tipo de negocios, aunque tras su última reforma se han transferido una serie de competencias a las autonomías. En España han sido la Comunidad Valenciana y Cataluña las pioneras en la regulación de la cuestión. Esta regulación sólo obliga a los anfitriones, es decir a los particulares que ofrecen su vivienda, a darse de alta en un registro, como parte de un código de buenas prácticas. En Andalucía y la Comunidad de Madrid están trabajando en unos decretos que van a limitar de manera clara este tipo de alojamientos. Más allá de ofertas particulares, han surgido plataformas como Airbnb, que busca y comparte alojamiento; Homeway que ayuda a encontrar una casa en alquiler para vacaciones; o Knok que promueve el intercambio de casas con familias.
[estilo] Regular para proteger al consumidor [/estilo]
Con un modelo algo diferente a los anteriores, están las plataformas Couchsurfing y Hospitality Club. Ambos portales ponen en contacto anfitriones que ofrecen alojamiento gratuito por pocos días con huéspedes-viajeros de todo el mundo que lo soliciten y estén dispuestos aceptar las condiciones que imponen los primeros (no fumar, no traer mascotas, etc.) Es necesaria una regulación de esta modalidad de alojamiento privado para el turismo dirigida para establecer estándares sanitarios mínimos, para que el consumidor no se encuentre frente a situaciones indeseables.
[estilo] El carsharing y el carpooling [/estilo]
Otro ejemplo de consumo colaborativo que más se ha impulsado es el carsharing (alquiler de vehículos) y el carpooling (rellenar asientos vacíos de coches con otros pasajeros que vayan en la misma dirección). La inexistencia de retribución económica es lo que diferencia un transporte público de un transporte privado. En la relación que hay entre los consumidores en este tipo de prácticas no se trata de obtener ingresos adicionales a los meros gastos del desplazamiento. El problema viene en supuestos como Cabify o Uber donde sí hay una contratación de un servicio con retribución económica y no una mera percepción de gastos mínimos. La actividad de particulares que se ponen de acuerdo para compartir coches y gastos es perfectamente legal (aunque se pongan de acuerdo para ello a través de plataformas de terceros).